• Jueves, 28 de marzo 2024
  • ABC

COPE

Noticias

Los casos en que las aerolíneas no tienen que compensarte por la cancelación de vuelos

A causa de la huelga de Ryanair, en caso de que nuestro vuelo se cancele, la compañía aérea está obligada a darle a los viajeros una compensación económica

Los casos en que las aerolíneas no tienen que compensarte por la cancelación de vuelos

Madrid

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 18:36

La huelga de Ryanair continuará a lo largo de los días 12, 13, 14, 15, 18, 19, 20, 21, 25, 26, 27 y 28 de julio en los diez aeropuertos españoles en los que opera Ryanair -Madrid, Málaga, Sevilla, Alicante, Valencia, Barcelona, Girona, Santiago de Compostela, Ibiza y Palma de Mallorca. Y, con ello, los retrasos y cancelaciones de vuelos. Aun así, en caso de que nuestro vuelo se cancele, por lo general, la compañía aérea está obligada a darle a los viajeros una compensación económica, además de la devolución del dinero del billete. Pero esto solo se da bajo ciertas condiciones y circunstancias. Es por ello que laFACUA-Consumidores en Acción ha subido a su página web un artículo recordando a los viajeros en qué casos pueden recibir dicha compensación económica y de cuánto podría ser la cantidad. Pero también ha recordado en qué casos las compañías aéreas no deben compensar a los usuarios.

Cuando no deben reembolsar

Según al artículo 7 de la normativa del Reglamento Europeo 261/2004, las aerolíneas no deben compensar a los viajeros ante la cancelación de su vuelo si se ha informado sobre dicha cancelación con "dos semanas de antelación, como mínimo, con respecto a su hora de salida". Tampoco habrá compensación en caso de que se haya informado de la cancelación con una antelación de entre "dos semanas y siete días con respecto a la hora de salida" y, además, se les haya ofrecido un transporte alternativo que permita a los usuarios salir con dos horas de antelación de la hora de salida de su vuelo inicial y llegar a su destino con menos de cuatro horas de retraso, tomando como referencia la hora de llegada prevista del vuelo inicial.

Los casos en que las aerolíneas no tienen que compensarte por la cancelación de vuelos


Por otro lado, no se contempla la compensación a los usuarios si se les avisó de la cancelación "con menos de siete días de antelación con respecto a la hora de salida y se les ofrezca tomar otro vuelo que les permita salir con no más de una hora de antelación a la hora de salida del vuelo inicial y llegar a su destino final con menos de dos horas de de retraso con respecto a la hora de llegada prevista".

Y sí, a pesar de todo lo dicho anteriormente, la compañía tiene que compensar al viajero. Esta puede reducir la compensación hasta un 50% en el caso de haberle ofrecido un transporte alternativo al pasajero con una diferencia de hora de llegada con respecto a la del vuelo inicial, siempre y cuando "que no sea superior a dos horas, para todos los vuelos de 1.500 kilómetros o menos", "no sea superior a tres horas para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros" o "no sea superior a cuatro horas".

Audio


Cuando deben reembolsar

Ahora sí, ¿cuándo deben las compañías reembolsar a los viajeros?. Pues, la FACUA ha advertido que por la huelga de tripulantes de cabina de Ryanair la mayor parte de las personas afectadas tienen derecho a compensaciones y a la devolución del importe del billete y de los gastos que pudieran haber tenido que hacer frente a esta situación. Recordemos que según el artículo 7 de la normativa "los pasajeros recibirán una compensación por valor de 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, 400 euros para los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás entre 1.500 y 3.500, y 600 euros para el resto de vuelos".

Radio en directo COPE
  • item no encontrado

En directo 2