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Así será la Ley Castells: el mérito pierde peso respecto al género

Esta Ley forma parte de la reforma integral del sistema universitario que tiene pensado realizar el Gobierno para los próximos años, y cuya implantación pretende que sea "gradual"

Así será la Ley Castells: el mérito pierde peso respecto al género

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 18:18

A lo largo de la jornada de la mañana de hoy, martes, se ha propuesto en el Congreso el Anteproyecto de Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU), que modificará la Ley Orgánica de Universidades (LOU).

Esta reforma del sistema universitario se marca cuatro objetivos: promover el acceso a la educación superior; adecuar la ordenación de las enseñanzas universitarias; garantizar la buena gobernanza de las instituciones universitarias y fomentar la investigación, la transferencia y la movilidad del personal docente e investigador; y garantizar la calidad y la buena gobernanza de las instituciones universitarias.

O al menos, esos son los puntos que, a priori, se han puesto sobre la mesa. Pero este Anteproyecto de Ley contiene numerosa letra pequeña. Por ejemplo, la elección del profesorado dejará de ser en función de los méritos.

Es más, el "Artículo 52. Promoción de la equidad entre el personal docente e investigador" dice lo siguiente:

"Se podrá establecer medidas de acción positiva en los concursos de acceso a plazas de personal docente e investigador funcionario y contratado para favorecer el acceso de las mujeres. A tal efecto se podrá establecer reservas y preferencias en las condiciones de contratación de modo que, en igualdad de condiciones de idoneidad, tengan preferencia para ser contratadas las personas del sexo menos representado en el cuerpo docente o categoría de que se trate".

El adiós definitivo a la equidad y a la meritocracia

El ya mencionado artículo abre de nuevo el debate y los detractores al mismo ya se han pronunciado. En este grupo se encuentran un gran número de rectores, quienes están empezando a "perder la fe" en los principios de igualdad, mérito y capacidad que se deberían aplicar en el sistema público de educación.

La nueva reforma universitaria, presentada este martes en primera vuelta al Consejo de Ministros, busca reducir la contratación temporal de docentes, rebajándola del actual 40 % permitido al 20 %, y subir el porcentaje mínimo de profesorado funcionario del 51 al 55 %.
Una buena parte del personal docente e investigador (PDI) está afectado por "un grado alarmante" de precariedad laboral, que se manifiesta en el uso inadecuado de figuras de profesorado como las de visitante, interino, sustituto y, de manera notable, de asociado, explica en la exposición de motivos el propio anteproyecto.

Los principales cambios


La nueva norma dice impulsar la reducción paulatina del peso del gasto universitario que soportan las familias y concibe la beca como un derecho subjetivo vinculado a la situación socioeconómica de los solicitantes. La verdadera pregunta estará en ver quién decidirá cómo es la situación socioeconómica del solicitante y ver si entran criterios subjetivos en esta selección.

Las universidades deberán contar con unidades de igualdad y de diversidad y con un plan de igualdad de género, una igualdad de género que ya conocemos cómo funciona y dejará de lado, tal y como se ha expuesto en el ya mencionado artículo, razones de mérito y de capacidad. A esto hay que añadirle que cada universidad contará con un registro retributivo del personal para combatir la brecha salarial.

En principio, se obligará a universidades públicas y privadas a destinar un mínimo del 5 % de su presupuesto a la investigación, todo esto sin tener en cuenta que algunas universidades tienen los medios pertinentes para la investigación y otras no. Del mismo modo, incentiva la atracción de personal investigador de programas de excelencia mediante la reserva de un porcentaje de plazas, introduciendo la figura del "profesor distinguido".

Se refuerza la objetividad en la elección del personal: la mayoría de los miembros de las comisiones de selección no serán de la universidad convocante y se elegirán mediante sorteo. Además, el rectorado crecerá. Se aumentarán las personas que pueden ser candidatas al rectorado bajo determinados criterios académicos y se ofrece un sistema alternativo de elección directa o indirecta mediante un órgano específico.

El rector podrá ser elegido mediante elección directa por sufragio universal ponderado o mediante un órgano específico, formado de entre 20 y 30 miembros, de los cuales el 50 % serán docentes e investigadores de la universidad, el 10 % estudiantes, el 10 % personal técnico y de administración, y el 30 % personas externas de prestigio.

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