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El código ético de Podemos obliga a Echenique a dimitir tras ser condenado

Señala que deberán dejar su cargo aquellos que atenten contra los derechos de los trabajadores y trabajadoras

El código ético de Podemos obliga a Echenique a dimitir tras ser condenado

 

COPE.ES / AGENCIAS

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 15:55

 El juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza ratificó este martes la sanción impuesta por la Seguridad Social en abril de 2017 al secretario de Organización de Podemos, Pablo Echenique, por la contratación irregular de un asistente personal y declara que existió relación laboral especial por cuenta ajena entre ellos. La sentencia, dictada por la jueza Itziar María Ochoa el pasado 10 de enero, estima la demanda interpuesta por la Seguridad Social contra Echenique y declara que esta relación era laboral, a los efectos de alta y cotización del asistente, Eduardo P.S., en el sistema general de empleados del hogar de la Seguridad Social. La infracción que reconoce la jueza se refiere al periodo entre marzo de 2015 y abril de 2016 en el que Eduardo P.S., según la sentencia, acudía de lunes a sábado, y algún domingo, una hora por la mañana al domicilio del número dos de Podemos para ayudarle a levantarse, asearse y vestirse, pero nunca fue dado de alta en la Seguridad Social. El precio de los trabajos estaba fijado en once euros por hora, que Echenique abonaba en efectivo. La demanda se formuló de oficio por parte de la Seguridad Social con el objetivo de que se declarase esta relación laboral por cuenta ajena, a lo que Echenique alegó en su día que esta se enmarcaba en un supuesto de arrendamientos de servicios y que no se daban las condiciones necesarias para considerar esta relación como laboral por cuenta ajena.

El secretario de Organización de Podemos ha mantenido que siempre creyó que su asistente estaba dado de alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social y que, por lo tanto, había contratado a un profesional autónomo. La sentencia rebate "dichas creencias" acerca de la "no laboralidad" de la relación, en tanto en cuanto no se aportaron facturas por la prestación de estos servicios "ni consta documento alguno que avalase dicha naturaleza no laboral".

La condena obligaría a Echenique, según el código ético del partido, a dimitir.  Según este texto, documento que el partido aprobó en Vistalegre 2, y que tiene carácter consultivo público, los dirigentes de Podemos han interiorizado el "compromiso de renuncia al cargo público, al cargo interno o a cualquier candidatura a dichos cargos en caso de ser procesado o condenado por las faltas o los delitos que se determinarán en el reglamento que a tal efecto publicará la Comisión de Derechos y Garantías (...) en el caso de ser procesados o condenados por delitos contra los derechos de los trabajadores y trabajadoras". Sin embargo, desde las filas de Podemos aseguran que se trata solo de "una multa administrativa".

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