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La Fiscalía insiste en que Oriol Junqueras debe permanecer preso y rechaza que se hayan vulnerado sus derechos

Presenta alegaciones contra un recurso en el que el líder de ERC pide al Supremo que reconsidere su postura sobre la sentencia del TJUE

La Fiscalía insiste en que Junqueras debe permanecer en prisión y rechaza que se hayan vulnerado sus derechos

COPE.es | Agencias

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 19:09

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha presentado este jueves un escrito de alegaciones en el que se opone a la excarcelación del líder de ERCOriol Junqueras, repitiendo los argumentos que presentó en su día para ello.

Se opone así al recurso de súplica en el que la defensa del exvicepresidente de la Generalitat pide al Alto Tribunal que reconsidere la decisión que adoptó el pasado día 9 de enero, y que tuvo como consecuencia que la Eurocámara dejara de reconocerle como uno de sus miembros. Rechaza que haya existido una vulneración de derechos fundamentales que obligue a rectificar la decisión inicial de la Sala o que haya que presentar una nueva cuestión prejudicial al TJUE para aclarar cómo debe interpretarse su sentencia, tal y como pide Junqueras.

En su resolución del pasado día 9, el tribunal que juzgó el proceso independentista en Cataluña rechazo autorizar el desplazamiento de Junqueras a Estrasburgo para que pudiera hacer efectiva su condición de eurodiputado. También rechazó la nulidad de la sentencia por la que le condenó a 13 años de cárcel por sedición y decidió además no cursar el suplicatorio al Parlamento Europeo para poder ejecutarla.

En respuesta a esta decisión, el letrado de Junqueras ha presentado un recurso de súplica entorno a una genérica violación de derechos fundamentales a la participación y representación políticas, a la libertad y al proceso con todas las garantías.

En respuesta a este último movimiento de Junqueras, la Fiscalía insiste en los argumentos ya expuestos en anteriores escritos y señala que la situación de Junqueras, respecto de quien el TJUE se pronunció como preso preventivo, cambió radicalmente con la condena firme a pena de prisión, "que puso fin a la medida cautelar y dio inicio a la ejecución de la pena de prisión y a la suspensión de la ejecución de la pena de inhabilitación --ambas por 13 años-- hasta la resolución de la citada cuestión prejudicial".

"Por novedosa que sea la interpretación ofrecida por el TJUE, en elsentido de reducir a meras "formalidades" las exigencias de la normativanacional, la mera lectura de la sentencia permite comprender que la inmunidad de desplazamiento para la primera sesión constitutiva del Parlamento no opera retroactivamente ni exige la ulterior puesta en libertad para el cumplimiento de los trámites posteriores a la proclamación de la elección de quien ya fue condenado".

Tampoco exige, recuerda la Fiscalía en este escrito, que el Tribunal Supremo solicite al parlamento Europeo la suspensión de dicha inmunidad, pues no se trata de mantener la medida de prisión provisional, sino de comunicar un supuesto muy distinto, pues "la ejecución de la pena de prisión no afectada por la inmunidad y, en este caso además, de la inhabilitación que comporta necesariamente la pérdidadel mandato de Parlamentario europeo", insisten en su escrito los cuatro fiscales Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Jaime Moreno y Fidel Cadena.

BLINDAJE FRENTE A LA ACCIÓN DE LA JUSTICIA

A lo largo de su escrito, de nueve páginas, los fiscales destacan que la cuestión de una posible vulneración de los derechos a la libreparticipación política, por no haber autorizado el Supremo el desplazamiento de Junqueras a Estrasburgo (Francia)es ajena a este procedimiento penal "que en modo alguno debió suspenderse, como se pretende de contrario, so pretexto de una inmunidad buscada ex post facto y ex post iudicio como blindaje ya inoperante frente a la acción de la justicia".

"Como tantas veces se ha dicho ya --concluyen los fiscales--, el que la inmunidad parlamentaria no afecte a quienes ya han sido condenados no equivale a una inmunidad no efectiva", y así lo ha querido el diseño legal y constitucional de la inmunidad como garantía parlamentaria, cuyos efectos son muy diferentes a los de patente de corso que aquí se reclaman".

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