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El letrado del Parlamento andaluz rechaza que se pueda reprobar a los gobiernos de Díaz, Griñán y Chaves

Los motivos que argumenta el letrado para su rechazo es que "el Parlamento no puede reprobar a un diputado o diputada"

AV.- Díaz, Chaves, Griñán y Montero, citados a comparecer el 7 y 8 de noviembre en la comisión sobre la Faffe

Los expresidentes de la Junta Manuel Chaves, Susana Díaz y José Antonio Griñán

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 12:03

El informe jurídico que solicitó la Mesa del Parlamento sobre la Proposición no de Ley (PNL) que ha registrado Adelante Andalucía para reprobar, tras la sentencia de la pieza política de los ERE, a los gobiernos socialistas presididos por Manuel Chaves y José Antonio Griñán, así como a Susana Díaz y a su Ejecutivo, ante la duda de que la Cámara autonómica pueda reprobar a gobiernos enteros, ha concluido que estos puntos no deben ser admitidos a trámites por "pretender una reprobación genérica".

"No cabe utilizar la PNL como mecanismo para proponer la reprobación del presidente de la Junta y del Consejo de Gobierno que de él depende o del Consejo de Gobierno en pleno", sostiene el referido informe, al que ha tenido acceso Europa Press, que señala que la exigencia de estas responsabilidades políticas se articula en el Estatuto de Autonomía a través de la moción de censura o bien el rechazo a una cuestión de confianza.

Los dos puntos cuya admisión a trámite desaconseja el informe jurídico piden que el Parlamento repruebe a los gobiernos socialistas que idearon un sistema reputado ilegal de concesión de dinero público y lo aplicaron, presididos por Chaves y Griñán; además de reprobar a Susana Díaz y al Ejecutivo presidido por ella, "que decidió abandonar la causa de la pieza política de los ERE, decisión que dificulta, dilata y limita la recuperación de los fondos públicos utilizados al margen de la ley".

Así las cosas, otro de los motivos que argumenta el letrado para su rechazo es que "el Parlamento no puede reprobar a un diputado o diputada" porque la Cámara, como institución representativa de la soberanía popular, "no puede reprobar, por motivos de índole política o moral, a un diputado que, en virtud del mandato representativo, es también representante de la misma soberanía popular". "En estos términos, para el Parlamento, reprobar a un diputado sería como reprobarse a sí mismo", añade.

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