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¿Qué puede hacer Felipe VI ante la amnistía?

Es un falso debate que busca erosionar las instituciones

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Carmen Labayen
@carmenlabayen

Jefa de Sociedad, Nuevas Tecnologías y Casa Real en COPE

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 14:37

La Constitución no deja lugar a dudas: la obligación del Rey es firmar las leyes que aprueba el Parlamento y refrenda el Gobierno sin ningún tipo de discrecionalidad ni excepción, tampoco en el caso de la ley de amnistía cuando como es previsible llegue a aprobarse. A pesar de que no hay debate, es una pregunta que se ha repetido en los últimos días en algunos casos y, según los constitucionalistas consultados por COPE, de forma interesada con el objetivo de erosionar las instituciones.

Aunque hay ciudadanos que no saben realmente si Felipe VI tiene margen de maniobra para poder hacer algo frente a la ley de amnistía presentada en el Congreso de los Diputados esta semana o cuando, como es previsible, se apruebe, otros sectores plantean esta situación, atribuyendo al rey una responsabilidad que no le corresponde.

“Es su obligación, su trabajo y al igual que el resto de los órganos constitucionales tienen prevista su función en la Constitución, el Rey tiene prevista su función y su función es exactamente esa: sancionar las leyes. El Rey no se puede negar a ejercer sus funciones, es un supuesto que no tenemos ni que barajar, cumple su papel constitucional como lo ha hecho siempre y es lo que la Constitución establece. No puede no cumplir la Constitución” explica a COPE la profesora de Derecho Constitucional en la Universidad Pontificia de Comillas ICADE, Isabel Álvarez.

Así lo establece el artículo 91 de la Constitución en virtud que establece que “el Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación”.

Tal y como explica en COPE Rafael Murillo, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad CEU San Pablo, lo que recibe el Rey para su firma ya es una ley y no compete al jefe del Estado otorgarle eficacia, sino limitarse a aceptar la norma y ordenar su ejecución y su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).


¿Qué pasa si el Rey se niega a firmar la ley de amnistía?


El incumplimiento de su deber y de su función constitucional por parte de Felipe VI, quien hasta este momento ha cumplido escrupulosamente con la Carta Magna en todo momento, abriría una crisis institucional sin precedentes en un escenario incierto: “Se tambalearía la estructura constitucional”, según señala Murillo.

En este hipotético e improbable caso, subraya este experto constitucionalista, las Cortes podrían inhabilitarle:”Si el Rey no abdicase solo se podría aplicar su inhabilitación que prevé la Constitución y que debe aprobar el Congreso, pero seguiría siendo el Rey porque la abdicación es un acto personalísimo al que nadie le puede obligar. En caso de inhabilitación, sus funciones las ejercería como regente su hija, la Princesa Leonor”.

Y es que tal y como establece el artículo 59.2 de la Constitución: “Si el Rey se inhabilitase para el ejercicio de su autoridad y la imposibilidad fuere reconocida por las Cortes Generales, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia el Príncipe heredero de la Corona, si fuere mayor de edad. Si no lo fuere, se procederá de la manera prevista en el apartado anterior, hasta que el Príncipe heredero alcance la mayoría de edad”.

Para Álvarez, este tipo de inhabilitación está más ligada a la enfermedad. Entiende que está prevista en la Carta Magna para “una inhabilitación por una causa física o mental que le impida ejercer su labor más que para el supuesto de que el Rey no vaya a ejercer sus funciones”.

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¿Y el precedente de Rey Balduino de Bélgica?


No cabe en nuestra Carta Magna el precedente del Rey Balduino, quien en 1990 renunció al trono durante dos días para no firmar la despenalización del aborto. Y es que, según señala Álvarez: “la previsión en Bélgica que existía en ese momento en la Constitución -que ya se ha reformado y ya no está previsto- permitía esa situación, pero aquí en España eso no está previsto en absoluto”.


¿Quién responde de lo firmado?


El responsable de lo firmado no es Felipe VI, sino quien refrenda la ley, en el caso de la ley de amnistía, el presidente del Gobierno y los ministros competentes y la sanción del Rey, cuyo papel es de árbitro y moderador, sin funciones ni políticas ni legislativas, no impide que la ley sea recurrida ante el Tribunal Constitucional o el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.


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