• Viernes, 19 de abril 2024
  • ABC

COPE

Noticias

¿A qué velocidad saltan los radares de velocidad? La DGT desvela el margen de error de estos dispositivos

Además, hay que tener en cuenta que en la nueva Ley de Tráfico ya en vigor, se ha eliminado el margen de 20 km por hora extra para adelantar en carreteras secundarias

Se desvelan las velocidades a las que saltan los radares, por ello no siempre llega la multa

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 17:17

Todos hemos pasado por las carreteras, ya sea como conductor o como copiloto y hemos observado la presencia de radares, encargados en controlar la velocidad de los vehículos en la vía.

Sin embargo, aunque los vemos y sabemos lo que son, no sabemos cómo funcionan. Estos aparatos emiten unas ondas de radio, chocan con el vehículo en movimiento y rebotan hasta el radar. En función del sonido de ondaque produce, se consigue averiguar la velocidad a la que circula el vehículo. Lo cierto es que aunque hay una velocidad máxima de la vía fijada por ley, los radares no multan a la velocidad máxima de la vía, sino que tienen un margen de error.

Se desvelan las velocidades a las que saltan los radares, por ello no siempre llega la multa


En los últimos meses, las redes sociales de la Guardia Civil han hecho público el margen que tienen estos radares. En general es "la regla del 7", la cual establece que se debe superar al menos 7 km por hora la velocidad que tenga una vía marcada a 100 km/h. Pero esta regla no se puede aplicar a todos los tipos de radares. Por el contrario, "la regla del 5" sí que se aplica en todos los tipos de radares, ya sean móviles, estáticos (aquellos instalados en un trípode o en coches parados), así como con Pegasus (en su caso siempre el 5% sobre la velocidad máxima).

Además, hay que tener en cuenta que en la nueva Ley de Tráfico, ya en vigor, se ha eliminado el margen de 20 km/h extra para adelantar en carreteras secundarias. Asimismo, con esta nueva ley ha comenzado a estar vigente un nuevo radar denominado Veloláser, conocido como el "radar invisible", el cual controla los excesos de velocidad con un menor margen, por lo que es más fácil que te llegue una multa por este tipo de radares.

La DGT modifica el sistema de notificación de multas: así es como te afectará

La mayoría de las personas ha recibido alguna multa en alguna ocasión, aunque sean algunas más leves como por mal estacionamiento. Respecto a esto, la Dirección General de Tráfico (DGT) anunció el establecimiento de un nuevo sistema de notificaciones de multas que entró en vigor el pasado 1 de noviembre. Esto tiene que ver con los avances tecnológicos.El organismo ha decidido sumarse a los avances de la digitalización como otras entidades y gestionar las multad por internet.

Se desvelan las velocidades a las que saltan los radares, por ello no siempre llega la multa


Sin embargo, estos cambios en el procedimiento no afectarán de la misma manera a todos los conductores, ya que solo algunos concretos deberán amoldarse a esta nueva modificación del a DGT.La gran novedad de este nuevo sistema de aviso es que las sanciones de tráfico ya no llegarán a su destinatario por correo ordinario. En cambio,se notificarán exclusivamente mediante la Dirección Electrónica Vial (DEV). Esto es el buzón digital de la DGT, en el que será necesario darse de alta para poder recibir las comunicaciones y notificaciones que pueda tener que emitir el organismo.

Esto conlleva un proceso, ya que para usar el DEV es necesario acreditarse con una identificación electrónica. De esta manera, el usuario ya podrá acceder a la sede online de la DGT y al apartado correspondiente a las notificaciones electrónicas para conocer la multa que le han puesto. En el caso de no registrarse y no tener acceso a la multa, la DGT enviará al conductor sancionado un mensaje a su teléfono móvil o un correo electrónico para avisar de que existe un aviso en el buzón que debe consultarse.

En cambio, aunque se ha cambiado la forma de hacer llegar las multas, los efectos jurídicos se mantienen con normalidad, igual que cuando se llevaban a cabo las notificaciones tradicionales en formato físico. No obstante, esto solo afectará a las personas jurídicas, no a los conductoresregulares. Es por esto por lo que serán las empresas o entidades de dicha índole, como compañías de alquiler o renting de vehículos, quienes se tendrán que registrar en este nuevo sistema de notificación de multas.

Los conductores particulares no deben adaptarse a estos cambios, dado que no les afectará. En este caso, las infracciones se harán llegar a través del medio habitual, mediante el correo ordinario que hace llegar el certificado al domicilio.

Radio en directo COPE
  • item no encontrado

En directo

Deportes COPE Mediodía

Con José Luis Corrochano

Reproducir
Directo Deportes COPE Mediodía

Deportes COPE Mediodía

Con José Luis Corrochano

Escuchar