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¿Hay que declarar a Hacienda los Cuartos Premios o Quintos premios de la Lotería de Navidad?

Este jueves, 22 de diciembre, se celebra el Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad. Comprueba que premios tienen retención en Hacienda.

Existe una serie de recomendaciones y pautas que debes seguir si toca el premio más grande del Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad

¿Hay que declarar a Hacienda los Cuartos Premios o Quintos premios de la Lotería de Navidad?

Redacción COPEMadrid

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 10:20

Desde la 9 de la mañana estamos pegados a la radio COPE, el Teatro Real de Madrid acoge este jueves la celebración del Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad, que, además, sirve en cierto modo como punto de partida para las celebraciones navideñas. Sobre todo para aquellos agraciados que se lleven un pellizco de los 2.520 millones de euros en premios que hay en juego.

Como no podía ser de otra manera, todo el que juega tiene el objetivo o la ilusión de llevarse el Gordo, que es el mayor premio del sorteo, dotado con nada menos que 400.000 euros el décimo -sin contar con la correspondiente retención de Hacienda-.

Eso sí, no es el único dinero que nos podemos llevar al bolsillo. Del Gordo, el Segundo y el Tercer Premio solo hay una oportunidad de ganar y son los que tributan a Hacienda.

Pero cuando hablamos de los Cuartos Premios o Quintos premios, las probabilidades pueden ser mayores en la Lotería de Navidad

El dinero de los Cuartos Premios y Quintos premios del Sorteo Extraordinario no tributan

Aquellos agraciados que tengan un décimo con el número de un Cuarto Premio o Quinto Premio.

No hay que hacer ninguna contribución a Hacienda, ya que solo tiene retención aquellos premios por encima de los 40.000 euros.


Averigua cuánto te ha tocado

Después de conocer si tu décimo ha resultado premiado en el Sorteo de Navidad, es el momento de averiguar cuánto te ha tocado. El importe que recibirás dependerá de la categoría del premio obtenido, y estos son los más grandes:

  • Primer premio o el 'Gordo': 400.000 euros
  • Segundo premio: 125.000 euros
  • Tercer premio: 50.000 euros
  • Cuarto premio: 20.000 euros
  • Quinto premio: 6.000 euros

Además, debes tener en cuenta que tendrás que tributar a Hacienda el 20 % de los premios superiores a 40.000 euros. El resto de los premios inferiores a esta cifra, como reintegros, pedreas, etc., estarán exentos de pagar impuestos.

Dónde cobrar el Premio

Aquellos jugadores que sean agraciados con algún premio de la Lotería podrán cobrar el dinero desde este mismo jueves 22. Lo único que hay que tener en cuenta es que esto cambia dependiendo de la cantidad obtenida. Los premios por debajo de los 3.000 euros, permiten cobrarse en cualquier administración de Lotería. Si la cantidad es mayor, hay que ir a los bancos concertados:

  • ABANCA
  • Banco Sabadell
  • Bankinter
  • BBVA
  • CaixaBank
  • Cajasur
  • Grupo Cooperativo Cajamar
  • IberCaja
  • Kutxabank
  • Santander
  • Unicaja

Otra de las novedades que llegó el pasado año, es que si la ganancia es de menos de 2.000 euros, el dinero también se podrá cobrar a través de Bizum.


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