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ATROPELLO

¿Sabías que no es delito huir del lugar del accidente si no hay heridos graves?

En COPE MÁS Málaga contamos el caso de Estefanía, atropellada por un taxista que se dio a la fuga y al que le han impuesto cien euros de sanción

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Carmen Cerbán

Redactora COPE Málaga

Málaga

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 21 feb 2020

En COPE MÁS Málaga contamos la historia de una joven llamada Estefanía. Este lunes, 17 de febrero, como cada mañana, salió de casa, en el barrio de Miraflores -en Málaga capital-, para ir al trabajo. Al cruzar un paso de peatones, un taxista la atropelló y se dio a la fuga. Atropello y fuga que se ha saldado con una multa de cien euros.

En COPE MÁS Málaga, Estefanía contaba cómo ocurrió todo: “Yo estaba en un paso de peatones a las 7.30 horas, vi un taxi a lo lejos... bastante lejos... por lo que crucé y cuando llegó a mí no se detuvo”.

EL TAXISTA FUE LOCALIZADO

“Lo único que pude ver fueron las letras de la matrícula”, relata Estefanía, y esa información fue suficiente para que la Policía localizara al taxista, que huyó del lugar del accidente. Estefanía quedó tirada en el suelo, gritó pidiendo auxilio y salieron a ayudarla desde una cafetería cercana.

Ahora está de baja, con un esguince y el cuerpo lleno de hematomas y contusiones. Al taxista lo han sancionado con una multa doscientos euros que, por pagar en el día, se ha quedado en cien euros: “Según la Policía me ha hecho saber, la omisión de socorro en ciudad no es delito, solo si va bebido, drogado... pero se dio a la fuga y eso no se sabe”.

LA EXPLICACIÓN DE UN ABOGADO

En COPE MÁS Málaga hemos consultado con un experto: ¿no se considera delito huir del lugar del accidente si el siniestro tiene lugar en ciudad? Esto nos ha contado el abogado José Manuel Conejo, diputado de Formación del Colegio de Abogados de Málaga. Explica que la omisión de socorro no se considera delito en casos como el de Estefanía por estos motivos: “Es delito solo en el supuesto en que la persona que ha sido atropellada se halle desamparada y en peligro manifiesto grave”.

En el Código Penal se incluyó una nueva figura delictiva, a la que tampoco se puede acoger Estefanía porque sus daños no son graves: “El año pasado se hizo una reforma del Código Penal y se creó el delito de abandono del lugar del accidente, pero solo para lesiones graves”. En este caso “se trata de lesiones leves y, en ese supuesto, tampoco se podría aplicar este delito que se creó para complementar el de omisión del deber de socorro”.

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