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Condenada a dos años de prisión por sacar dinero de las cuentas de su madre, que padece demencia

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria

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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 12:12

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a dos años de prisión a una mujer por extraer en repetidas ocasiones dinero de las cuentas bancarias de su madre, aprovechando que esta padece demencia.

En una sentencia, que no es firme porque puede ser recurrida ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, la Sección Tercera de la Audiencia considera probado que la acusada, “con ánimo de obtener un beneficio ilícito” se llevó a su casa a su madre, con la que había perdido el contacto años atrás, aprovechando que esta “presentaba un grado de dependencia severo y un deterioro cognitivo moderado”.

La situación de convivencia duró cerca de dos años y medio, y durante este tiempo la acusada aprovechó “su calidad de guardadora de hecho y su condición de autorizada en las cuentas bancarias para ir progresivamente apoderándose del patrimonio de su madre”.

Así, extrajo cerca de 39.000 euros en más de medio centenar de operaciones. Teniendo en cuenta los gastos de manutención de la madre y el abono de retribuciones que pudo hacer a terceras personas para el cuidado de la anciana, el tribunal considera que la acusada “ha hecho suyo injustificadamente” un total de 19.000 euros.

Para llegar a esta conclusión, la Audiencia ha tenido en cuenta la prueba documental y las testificales, en especial la de uno de los hermanos de la acusada, quien relató “detallada y minuciosamente la forma y circunstancias en que se produjeron los hechos”. A juicio de la sala, el testimonio del hermano ha resultado “plenamente creíble y convincente”.

Finalmente, la Audiencia descarta la comisión de un delito de estafa por parte de la acusada, tal y como solicitaba la acusación particular que representa a un hermano de esta.

Explica en su sentencia que los hechos no pueden constituir estafa al carecer del elemento nuclear el delito, como es el engaño bastante. Y es que la acusada, que se encontraba autorizada para operar con las cuentas de su madre, no utilizó el engaño para hacer las extracciones, sino el abuso de la confianza que su madre había depositado en ella para sacar el dinero necesario para sus necesidades.

La resolución de la Audiencia Provincial tiene carácter provisional al poderse recurrir en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.


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