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El Tribunal Supremo ordena repetir el juicio por el crimen de la viuda del expresidente de la CAM

Anula la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que confirmó la absolución de Miguel López por el asesinato de su suegra

El Tribunal Supremo ordena repetir el juicio por el crimen de la viuda del expresidente de la CAM

EFE

Tiempo de lectura: 1'Actualizado 13:45

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha anulado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ) que confirmó la absolución de Miguel López por el asesinato de su suegra, viuda del expresidente de la extinta Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) Vicente Sala, María del Carmen Martínez, en un concesionario de coches de Alicante en diciembre de 2016.

La Sala ha estimado el recurso presentado por la acusación particular representada por el hijo de la víctima y ha ordenado que se celebre un nuevo juicio con distinta composición del jurado y un nuevo magistrado-presidente, según la resolución del TS.

El tribunal ha estado formado por el presidente de la Sala, Manuel Marchena, y los magistrados Andrés Palomo del Arco, Miguel Colmenero, Vicente Magro y Susana Polo. El ponente de la sentencia ha sido Manuel Marchena tras quedar en minoría el ponente inicial, Andrés Palomo Del Arco, que ha firmado un voto particular en el que defiende la desestimación del recurso.

La sentencia del TSJ confirmó la absolución de Miguel López que dictó la Audiencia Provincial de Alicante, a partir del veredicto de no culpabilidad emitido por un jurado popular. El TSJ rechazó la indefensión alegada por la Fiscalía y la acusación particular en relación con la audiencia celebrada por la magistrada-presidenta en la que comunicó la devolución de un primer veredicto a los miembros del jurado porque no habían valorado las pruebas de descargo, así como la posterior destrucción del acta del mismo. La sentencia del Tribunal Supremo considera que el derecho de defensa del recurrente quedó irremediablemente dañado por la forma en la que se desarrolló la devolución del acta por la magistrada- presidenta, en una audiencia en la que se convocó a las partes y al jurado.

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