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¿Permite la nueva Ley de Protección de Datos enviar propaganda electoral a tu WhatsApp?

Ignacio Temiño, profesor del Master en Propiedad Intelectual de la Universidad Comillas ICADE, habla sobre esta Ley en 'La Tarde'

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COPE.es

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 04 sep 2019

Imagínate que la propaganda electoral, en lugar de llegarte al buzón de tu casa como siempre, te empezara a entrar a través de WhatsApp y por SMS a tu móvil. Y también en tu correo electrónico y a través de las redes sociale. Los partidos políticos te empiezan a bombardear por todas partes. 

Eso es lo que se ha debatido este miércoles en el Senado. La Nueva Ley de Protección de Datos permitirá a los partidos rastrear tus datos personales y tus opiniones políticas en la red para elaborar un perfil ideológico y así personalizar la propaganda en campaña electoral. De ser aprobada, la nueva normativa lo facilitará al no considerar la propaganda electoral como una actividad comercial.

Esta nueva Ley de Protección de Datos pretende adaptar el ordenamiento español al nuevo reglamento europeo, que entró en vigor el pasado 25 de mayo. En esencia, se pretende evitar escándalos como el de Cambridge Analytica, consultora vinculada a la campaña que dio la victoria a Trump. Lo que se hizo entonces fue analizar datos personales de usuarios de Facebook sin su consentimiento. 

Ignacio Temiño, profesor del Master en Propiedad Intelectual de la Universidad Comillas ICADE, ha explicado en 'La Tarde' que "ingún experto ha manifestado estar muy conforme con la introducción de este artículo adicional que se ha metido a última hora", ya que "no encontraría un soporte claro en la normativa europea o comunitaria que se pretende desarrollar".

Temiño expone que "todo tratamiento personal de datos está sometido a un principio de consentimiento", y "en este caso se está otorgando a los partidos políticos ese favor de no tener recabar el consentimiento para el tratamiento de nuestros datos para esas finalidades concretas en periodo electoral".

"Lo que dice el pretexto que va en la disposición adicional es que los partidos políticos podrán recabar datos de fuentes de acceso público y de páginas de internet para elaborar perfiles sobre nuestra ideología política", expone el experto en Propiedad Intelectual. 

Con dicha modificación, la propaganda electoral "no se considerará una comunicación de carácter comercial, lo que quiere decir que no requiere de nuestro consentimiento", aunque sí explicita que "permite la oposición del receptor".

Recuerda Temiño que "la ideología política fue considerada hasta la fecha como un dato muy sensible, como la creencia religiosa, los datos de carácter económico o de salud", por lo que "eran datos que había que conservar de una manera rigurosa". Pero "en este caso se está haciendo la excepción ante un dato cuya cualificación personal por parte de quién es el titular obviamente no tiene porqué ser tratada sin su consentimiento".

La modificación de la Ley "justifica no tener que dar el consentimiento bajo el principio del interés público". 

Pero insiste en que este "no es un precepto que aparezca en la normativa europea que entró en vigor el 25 de mayo pasado y, por lo tanto, si se considera que va en contra de la misma" se puede acudir tanto al Tribunal de Justicia de la UE y como al de Derechos Humanos.

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